El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó cambios en el Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos que flexibilizan los requisitos para técnicos en farmacia que laboran en farmacias y boticas del país. A partir del Decreto Supremo N.° 015-2025-SA, publicado el 20 de agosto en el Diario Oficial El Peruano, se establece que estos trabajadores ya no necesitarán contar con título profesional, sino que también podrán ejercer acreditando un certificado de estudios culminados en la carrera técnica.
La disposición busca ampliar el marco de contratación de personal en el sector farmacéutico, al tiempo que fortalece los mecanismos de supervisión en la dispensación de medicamentos. Según el Minsa, el objetivo es reducir riesgos asociados a la automedicación y a la venta irregular de fármacos que requieren receta médica.
El decreto, además, incluye una prohibición expresa: los técnicos en farmacia que laboran en estos establecimientos no podrán dispensar medicamentos de venta bajo receta ni sugerir al usuario alternativas al tratamiento prescrito. El incumplimiento de estas disposiciones recaerá bajo la responsabilidad del Director Técnico y del propietario de la farmacia o botica.
NUEVAS OBLIGACIONES Y SANCIONES
La norma también refuerza las funciones de los químicos farmacéuticos que ejercen como Directores Técnicos, quienes deberán capacitar y supervisar de forma permanente al personal técnico y asistente. Asimismo, se actualizó la escala de infracciones y sanciones aplicables a los establecimientos que incumplan las disposiciones, con el fin de fortalecer la fiscalización en la venta formal de medicamentos en el país.