Política

Ayer, 02:00 PM

Fijan fechas en que deben renunciar autoridades para postular a Elecciones Regionales y Municipales 2026

Renuncias de gobernadores y vicegobernadores surtirán efecto el 6 de abril de 2026, seis meses antes de los comicios. También se fijan fechas para licencias sin goce de haber de otros funcionarios.




El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) estableció una serie de disposiciones para las autoridades regionales y locales que deseen postular en las próximas Elecciones Regionales y Municipales de 2026.

A través de la Resolución 00746-2025-JNE, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el ente electoral precisó los requisitos y fechas límite para presentar renuncias o solicitar licencias sin goce de haber, aplicables a gobernadores, vicegobernadores, altos funcionarios y trabajadores públicos.

Fechas clave para renuncias y licencias

En el caso de los gobernadores y vicegobernadores regionales, sus renuncias deben presentarse ante el consejo o concejo correspondiente y surtirán efecto desde el lunes 6 de abril de 2026, es decir, seis meses antes de las elecciones.

Para otros funcionarios y trabajadores del Estado, se establecen fechas límite específicas para solicitar licencias sin goce de haber. Los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional que deseen postular deben obtener su pase a retiro hasta el 16 de junio de 2026.

Mecanismos de reemplazo y prórrogas

Mediante una segunda norma, la Resolución 00747-2025-JNE, el JNE estableció las reglas para el reemplazo de gobernadores regionales y alcaldes que renuncien o soliciten licencia para candidatizarse. El vicegobernador regional asumirá las funciones si el titular renuncia; en el caso de los alcaldes, lo hará el primer regidor en orden de prelación. Si ambos, gobernador y vicegobernador, renuncian simultáneamente, el consejo regional deberá elegir sus reemplazantes entre los consejeros hábiles.

Condiciones para reincorporación y segunda vuelta

Las licencias sin goce de haber solicitadas para postular a gobernador y vicegobernador se consideran automáticamente prorrogadas hasta la proclamación de resultados. Si se produce una segunda vuelta, las licencias se extenderán hasta ese nuevo proceso electoral. Los candidatos que soliciten licencia deberán reasumir sus funciones al día siguiente de la proclamación de resultados, a menos que participen en una segunda elección, caso en el cual la licencia se prorrogará automáticamente.


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