Política

Hoy, 11:30 AM

Corte IDH ordena al Perú suspender ley de amnistía a militares procesados por violación de derechos humanos

El tribunal advierte que si no se cumple, los jueces peruanos deberán abstenerse de aplicar la norma y citará al Estado peruano y a víctimas de Barrios Altos y La Cantuta el 21 de agosto.




La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha emitido una resolución en la que insta al Estado peruano a detener de manera inmediata el avance legislativo del proyecto de Ley N.º 7549/2023-CR, que propone una amnistía para miembros de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional del Perú y los Comités de Autodefensa involucrados en acciones durante el conflicto interno entre 1980 y 2000. La presidenta del tribunal supranacional ordenó esta medida urgente con el fin de “garantizar el derecho de acceso a la justicia” para las víctimas de los casos Barrios Altos y La Cantuta.

Audiencia presencial en Costa Rica

En caso de que el Congreso peruano continúe con el trámite de la norma, la Corte advirtió que “las autoridades competentes se abstengan de aplicar esta ley”, evitando que tenga efectos jurídicos. Esta resolución se basa en los compromisos asumidos por el Perú ante el sistema interamericano y en las medidas provisionales vigentes, adoptadas desde julio de 2024, respecto a la preocupación por eventuales retrocesos en la lucha contra la impunidad en crímenes de lesa humanidad.

La resolución convoca además a una audiencia pública que se desarrollará el próximo jueves 21 de agosto en la sede de la Corte IDH en San José, Costa Rica, entre las 17:15 y 19:00 horas. Han sido citados representantes del Estado peruano, de las víctimas de los casos Barrios Altos y La Cantuta, así como de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. En esa sesión se debatirá el posible impacto de la norma en la vigencia de las sentencias internacionales emitidas contra el Perú.

Este pronunciamiento refuerza los antecedentes jurídicos establecidos en las sentencias del tribunal de los años 2001 y 2006, donde se determinó la responsabilidad del Estado en ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas. “La Corte no puede permitir que se vulneren los derechos adquiridos por las víctimas mediante decisiones ya ejecutoriadas”, señala el documento fechado el 24 de julio. El Gobierno del Perú ya fue formalmente notificado de esta resolución.


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