La Ley N°32408, publicada en El Peruano, establece que los trabajadores del Congreso, el Banco Central de Reserva (BCR) y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) continuarán bajo el régimen laboral de la actividad privada, reforzando su autonomía administrativa y funcional.
¿QUÉ ESTABLECE LA NUEVA LEY PUBLICADA POR EL EJECUTIVO?
La ley, previamente aprobada por el Congreso, precisa que los trabajadores de estas instituciones quedan excluidos del régimen del servicio civil, detallando que se regirán bajo las normas laborales de la actividad privada. Según el texto legal, este modelo abarcará aspectos como planificación, organización interna, régimen disciplinario, gestión del empleo, evaluación de desempeño, compensaciones, capacitación y relaciones laborales.
Con esta norma, las autoridades refuerzan la naturaleza constitucional y técnica de entidades como el BCR y la SBS, permitiéndoles mantener su autonomía funcional en el manejo de su personal. La ley también deroga cualquier disposición previa que se oponga a este nuevo marco legal, garantizando la coherencia normativa en la gestión de estas entidades.
EL TC TAMBIÉN TENDRÁ GESTIÓN DE PERSONAL BAJO ESTE MODELO
Además, la norma establece que el presidente del Tribunal Constitucional, con acuerdo del pleno, aprobará la política de gestión de recursos humanos de su institución, también bajo el régimen de actividad privada. Este cambio refuerza la independencia de cada entidad, evitando interferencias que puedan surgir de una integración al servicio civil, lo que permite mantener la eficacia de la gestión interna.
La Ley N° 32408 se convierte así en un paso relevante para el fortalecimiento institucional de estas entidades estratégicas del país, que desempeñan roles técnicos clave en la economía y en la estructura de control del Estado. Su publicación marca el inicio de una nueva etapa en la administración de los recursos humanos de estas entidades, alineada con su naturaleza y funciones constitucionales.