El Tribunal Constitucional (TC) falló a favor de las leyes de protección para la Policía Nacional del Perú (PNP). Según su decisión, el uso de armas contra delincuentes, dentro del marco reglamentario, no vulnera la Constitución ni amerita prisión preventiva o detención preliminar.
El fallo precisa que, siempre que un policía actúe conforme a los reglamentos internos y su formación, no se le podrá aplicar medidas restrictivas de libertad. Asimismo, indicó que su finalidad es “garantizar otros bienes constitucionales protegidos (como la función policial o el deber de protección de la población)".
USO LEGÍTIMO DE LA FUERZA SIN SANCIONES
El TC enfatizó que el accionar policial debe cumplir con los principios de necesidad, legalidad y proporcionalidad. Asimismo, aclaró que la norma busca garantizar la labor de los efectivos sin exponerlos a sanciones desproporcionadas por el uso legítimo de la fuerza.
Este pronunciamiento responde a una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 31012, presentada por los Colegios de Abogados de Huaura y Puno. Con esta resolución, el máximo órgano constitucional ratifica la protección legal de los policías en el ejercicio de sus funciones.