El Congreso promulgó la Ley Nº 32169 que establece penas de cárcel para quienes incurran en acoso sexual hacia niños de hasta 14 años.
Publicada en el boletín de Normas Legales, la ley modifica el Código Penal y tiene como objetivo prioritario la protección de los menores frente a delitos que afectan su integridad sexual.
Además, busca agilizar los procesos judiciales relacionados con la violación sexual, ofreciendo una respuesta más rápida y contundente a estas situaciones.
CARACTERÍSTICAS DESTACADAS
El artículo 1 modifica el artículo 176-B del Código Penal, estableciendo que las penas por acoso sexual también se aplicarán a quienes utilicen tecnologías de la información y comunicación para llevar a cabo estas conductas.
Según la legislación, cualquier persona que vigile, persiga, hostigue o intente establecer contacto con un menor con fines sexuales enfrentará sanciones que van de seis a nueve años de prisión.