El Gobierno oficializó el aumento de la pensión mínima del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) a S/1.000 mensuales desde el 1 de enero de 2026, una medida que beneficiará a un grupo específico de jubilados de la ONP y que forma parte de la reforma previsional impulsada por el Ejecutivo para mejorar los ingresos de los adultos mayores.
El reajuste fue establecido mediante el Decreto Supremo N.º 330-2025-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano, y alcanzará únicamente a los pensionistas que cuenten con una pensión definitiva y acrediten al menos 20 años de aportes al SNP hasta el 31 de diciembre de 2025, incluidos los jubilados y pensionistas por invalidez que cumplan con este requisito.
Con esta disposición, el monto máximo de pensión se incrementará de S/893 a S/1.000 mensuales a partir de enero de 2026, con un reajuste de hasta S/100, según cada caso. La norma precisa que el aumento se aplicará solo para completar el nuevo tope y que la ONP podrá redondear el monto final al entero inmediato superior cuando existan céntimos en el cálculo.
PENSIONES PROPORCIONALES NO ACCEDERÁN AL REAJUSTE
El incremento no se aplicará a las pensiones proporcionales, otorgadas a afiliados con menos de 20 años de aportes, quienes ya recibieron un aumento de S/50 en enero de 2025 y quedarán excluidos de este nuevo beneficio, de acuerdo con lo informado por la Oficina de Normalización Previsional.
El reajuste se reflejará en el pago correspondiente a enero de 2026 y, de no concretarse de inmediato, el reintegro será abonado en febrero del mismo año. La medida se sustenta en la Ley N.º 32123, que dio origen al Sistema Integral Previsional Peruano (SIPP) y autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) a elevar las pensiones menores a S/1.000, en función de la disponibilidad fiscal y con cargo al presupuesto institucional de la ONP.



