La Comisión de Protección al Consumidor N.º 3 (CC3) del Indecopi dispuso sancionar a la empresa Medifarma S.A. con una multa de 450 UIT, que equivale a S/ 2.470.500, la máxima sanción establecida en el Código de Protección y Defensa del Consumidor.
La sanción contra Medifarma se da por distribuir un lote defectuoso de suero fisiológico al 9% en el mercado peruano, lo cual representó un riesgo para la salud de miles de consumidores en nuestro país.
Como se recuerda, el proceso sancionador inició en abril del presente año, luego que se reportaran en Lima y otras regiones diversos casos de pacientes que fueron afectados por el uso del suero fisiológico defectuoso.
Lamentablemente, siete personas perdieron la vida por esta negligencia. Posterior a ello, el proceso sancionador confirmó fallas en la producción del suero fisiológico de Medifarma. Además de la multa, la empresa deberá cubrir los gastos médicos para la recuperación de las víctimas, así como los gastos de sepelio de los fallecidos.
PRIMERA INSTANCIA
Cabe precisar que esta sanción se emitió en primera instancia, es decir, Medifarma puede presentar una apelación dentro del plazo establecido, el cuál sería elevado a la Sala Especializada en Protección al Consumidor, segunda y última instancia de la vía administrativa.