El Congreso promulgó hoy la Ley N° 32159, que dispone una serie de medidas para el "control del consumo de productos de tabaco, nicotina o sucedáneos de ambos para la protección de la vida y la salud". Este dispositivo modifica las anteriores normas referidas al tema, y es el primero en regular los cigarrillos electrónicos.
La ley busca "proteger la salud de las personas de las consecuencias derivadas del consumo de los productos de tabaco, nicotina o sucedáneos de ambos, y de la exposición al humo de tabaco y otras emisiones del cigarrillo electrónico con o sin dispensación de nicotina y productos de tabaco calentado", informa RPP.
PROMOCIÓN Y PATROCINIO
A partir de ahora está prohibido fumar o vapear en centros de salud o de educación, entidades estatales, en los lugares de trabajo, en los espacios públicos cerrados y en cualquier medio de transporte, los que son considerados ambientes cien por ciento libres de humo de tabaco.
También prohíbe la publicidad, promoción y patrocinio de productos de tabaco o sus sucedáneos. La ley indica claramente que está "prohibida toda forma de publicidad directa e indirecta, así como la promoción" de dichos productos, "incluso de los que tengan alcances transfronterizos".
CUMPLIMENTO DE LA LEY
Finalmente, la norma indica que será el Ministerio de Salud, los gobiernos locales, el Indecopi y las distintas asociaciones de la sociedad civil, en el ámbito de sus respectivas competencias, los que se encargarán de asegurar el cumplimiento de lo dispuesto en la nueva ley.