En este caso, se imputan a los investigados los delitos de Colusión agravada, obstrucción a la justicia y ocultamiento real.
Según Víctor Quijada, la detención preliminar se dictamina con la finalidad de asegurar los actos de investigación, se da cuando existen razones suficientes para considerar que una persona ha cometido un delito que sea sancionado con una pena probable superior a cuatro años de cárcel, y que por las circunstancias del caso pueda fugar u obstruir los actos de investigación.
Señala que para el caso de las contrataciones irregulares de Richard Cisneros se imputan delitos de Colusión agravada, obstrucción a la justicia y ocultamiento real, la pena probable es mayor a quince años y es evidente los actos para obstruir a la justicia, como son la fabricación de pruebas para ocultar información.
Sin embargo, indica, de acuerdo a los últimos precedentes legales se debe considerar la proporcionalidad y temporalidad de la medida de detención, porque estamos en pandemia y el hacinamiento carcelario es peligroso por el Covid-19, por tanto estos argumentos hacen perder fuerza una posible prisión preventiva de los investigados.
Esto no hace cambiar el debilitamiento de la figura presidencial y la Fiscalía de la Nación debe realizar las investigaciones de manera objetiva respecto a la participación del presidente Vizcarra, quien responderá luego de su mandato presidencial.