Las personas que ya fueron censadas antes del domingo 22 y desean salir deberán de cargar estos documentos si es que desean no ser intervenidos por la policía. Se trata de dos documentos que permiten certificar que la persona ya ha sido censada.
El primero de estos documentos se trata de una una constancia de circulación donde debe figurar su nombre y el número de su Documento Nacional de Identidad (DNI). Esta constancia, que tiene un tamaño de un papel A5, deberá tener el sello y la firma del empadronador que ejecutó el censo especial.
El otro documento consiste de una constancia de color gris donde el empadronador ha apuntado sus respuestas. Dicho documento se que entregar al empadronador que acuda a su vivienda este domingo 22. Los integrantes de su familia deberán de alcanzarle el documento al censador para que traspase los resultados de su encuesta al formato original.