Mediante un vídeo difundido por el Ministerio de Defensa se dio a conocer que las Fuerzas Armadas del Perú están autorizadas para aplicar diversos mecanismos contra las personas que no acaten las medidas del aislamiento social obligatorio y el toque de queda. Estos junto a la Policía Nacional del Perú realizaran acciones militares en los siguientes escenarios:
1. Intervención a personas que incumplan el aislamiento social obligatorio
Cuando una persona transita durante el aislamiento social obligatorio, las Fuerzas Armadas procederán a anunciar en forma enérgica tres veces la palabra: “Alto”, luego se le solicitará el documento nacional de identidad (DNI) o pasaporte en caso de que dicha persona muestre resistencia desobediencia a la autoridad, se procederá a reducirlo, detenerlo y trasladarlo a la dependencia policial más cercana.
2. Intervención de actividades deportivas
Cuando un grupo de personas realizan actividades deportivas durante el aislamiento social obligatorio, las patrullas de las Fuerzas Armadas procederá a señalar que están atentando contra el estado de emergencia de presentar desobediencia a la autoridad, se procederá a reducirlo, detenerlo y trasladarlo a la dependencia policial más cercana.
3. Intervención de un evento social
Cuando las Fuerzas Armadas detecten que se está llevando a cabo es un evento social, procederán a señalar a los responsables que es un evento totalmente prohibido, si dichas personas muestran desobediencia o resistencia ante la autoridad se aplicará la fuerza de manera progresiva, para reducirlos, detenerlos y llevarlos a la dependencia policial más cercana.
4. Intervención ante saqueos
Cuando un grupo hostil intenta realizar un saqueo en cualquier tipo de establecimiento comercial, las patrullas de las Fuerzas Armadas procederán a realizar una intervención para impedir dicho saqueo, reduciendo a los delincuentes, capturándolos y trasladándolo a la dependencia policial más cercana.
5. Aplicación del principio de legítima defensa
Cuando un grupo de personas intente agredir a miembros o patrullas de las Fuerzas Armadas con arma blanca o arma de fuego las Fuerzas Armadas aplicaran el principio de legítima defensa, procediendo inicialmente a advertir el empleo de las armas, luego emplear las armas a cualquier ataque, de ser necesario se brindará la asistencia médica a cualquier herido o afectado.