24 Horas Edición Central

07/08/2015

Poder Judicial no admitió acción de amparo de Nadine Heredia contra comisión Belaunde Lossio

El Segundo Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima sostuvo que hay formalidades que cumplir y precisiones que deben subsanarse.




La acción de amparo de la primera dama Nadine Heredia contra la comisión Belaunde Lossio fue declarada inadmisible por el Segundo Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, pues tiene que “cumplir formalidades y se precisen algunos aspectos”.

En su resolución, el tribunal pidió a la primera dama que informe “si solicita la nulidad solo del extremo que corresponde a la participación del congresista aludido en su demanda o de todos los actos de la comisión investigadora del Congreso”.

Igualmente, se solicita a Heredia Alarcón a que determine “la amenaza, perjuicio o afectación directa respecto de la recurrente”. Igualmente, que defina “si solicita emplazar” a la comisión como órgano institucional del Congreso o debe incluirse a su presidencia, algunos de sus miembros o a todos.

Asimismo, se le pide informar si, antes de interponer su acción de amparo, presentó algún recurso ante el Congreso de la República o la comisión investigadora respecto de la afectación o amenaza de derechos que señala, y de ser el caso, si obtuvo una respuesta.

Heredia tiene hasta tres días hábiles para subsanar estas omisiones, bajo apercibimiento de rechazarse la misma en caso de incumplimiento. Como se recuerda, la esposa del presidente Ollanta Humala buscar ser excluida de las investigaciones del mencionado grupo de trabajo. Foto: La República.


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