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18/02/2022

Sunarp: aumentan matrimonios bajo separación de bienes

En el 2021 se superó en 47,62% la cifra de inscripciones durante el 2020, año en el que solo se registraron 5918 separaciones de bienes.




La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos informó que durante el 2021 se inscribieron más de 8 mil 700 regímenes por separación de patrimonios en el Perú por parte de parejas que están a punto de contraer matrimonio, superando en 47,62% la cifra de inscripciones durante el 2020, año en el que solo se registraron 5918 separaciones de bienes.

A nivel regional, Lima registró la mayor cantidad de bienes separados inscritos durante el 2021 (4990). Seguidamente se ubicaron Arequipa (894), La Libertad (436), Lambayeque (297), Piura (259), Ica (255), Áncash (201), Cusco (174) y Junín (163).

En contraparte, se registró a las regiones de Apurímac (37), Amazonas (29), Madre de Dios (23), Huancavelica (13) y Pasco (11).

Asimismo, en el 2022, solo en enero del presente año, se inscribieron 691 regímenes por separación de patrimonios y sustitución del régimen patrimonial, cantidad que supera en 15,94 % al número de separaciones de patrimonios inscritas en enero de 2021 (596).

SEPARACIÓN DE BIENES

En caso de querer contraer matrimonio y se decide optar por la separación de bienes o patrimonio, puedes aplicar a este proceso en la Sunarp.

Pasos a seguir:

- Acudir a una notaría autorizada para gestionar una escritura pública de separación de patrimonios en la que ambos manifiestan que quieren ese régimen para su matrimonio.

- Luego de formalizar el documento, el notario iniciará el proceso de inscripción ante la Sunarp.

- Cancelar la tasa registral correspondiente (que no incluye los servicios notariales).

- A partir de su inscripción, empezará a regir la separación de bienes o patrimonios.

Asimismo, se señala que uno de los efectos inmediatos de la inscripción registral es la protección ante posibles afectaciones por deudas que pueda adquirir uno de los cónyuges durante el matrimonio, ya que estas son pagadas con los bienes propios del deudor y no por la pareja, según se establece en el artículo 328 del Código Civil.

En caso de estar ya casado (a), podrá optar por la opción de separación de patrimonios. Para ello, es necesario acudir a un notario autorizado y lleve a cabo una previa liquidación de bienes, si es que estos fueron adquiridos desde la celebración del matrimonio.

Dicha liquidación quedará plasmada en una minuta, en la que también deberá precisarse que ambos están a favor de la distribución. De esta manera, se liquida la sociedad de gananciales de la pareja y se asigna la propiedad de los bienes a cada cual, según lo que se haya convenido.

Luego, el notario eleva la minuta a una escritura pública y envía el parte a la Sunarp, junto con los siguientes requisitos:

- La solicitud de inscripción (entrega gratuita en cualquier oficina registral), debidamente llenada y firmada.

- El parte notarial de la escritura pública de sustitución de régimen patrimonial, que contiene la declaración de ambos cónyuges para sustituir su régimen patrimonial de sociedad de gananciales por el de separación de patrimonios.

- Cancelar la tasa registral por la inscripción del régimen de separación de patrimonios, que es de S/22 (este monto no incluye los servicios notariales).


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