Desde este 31 de enero se dio inicio a una nueva etapa de confinamiento en nuestro país ante el aumento de casos positivos y fallecidos por el coronavirus. El Gobierno ha dispuesto varias medidas sanitarias para que la población siga durante esta etapa, pero de infringirlas existen varias multas según la gravedad de la infracción.
MULTAS SEGÚN GRAVEDAD DE LA INFRACCIÓN:
1. No respetar el metro de distancia obligatorio formando aglomeraciones en establecimientos comerciales (86 soles).
2. Circular por la vía sin usar mascarilla obligatoria (S/. 344).
3. Salida de más de una persona por familia para comprar víveres o productos farmacéuticos (S/. 201).
4. Circular para realizar actividades no contempladas (S/.215).
5. Circular sin pase peatonal laboral (S/.258).
6. Realizar actividades económicas no contempladas (S/.301).
7. Circular con vehículo particular sin autorización emitida por el Ministerio de Defensa o Ministerio del Interior (S/.6,450). Para regiones en nivel de riesgo extremo.
8: No respetar inmovilización social obligatoria los domingos (S/.387).
9. Desarrollar actividades sociales, recreativas, culturales, religiosas de aglomeración o concurrencia masiva o no en la vía pública (S/. 387).
10. No contar con DNI o negarse a identificarse cuando es solicitado por personal policial o militar (S/.430).
11. Transitar con vehículo particular durante el toque de queda y los domingos (S/.6,450). Además, se retendrá la licencia de conducir y la tarjeta de propiedad.
Los infractores tienen hasta 5 días hábiles para pagar las multas. Estas restricciones estarán vigentes hasta el 14 de febrero.