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19/06/2026

¿Cuáles son las unidades que deben ir por las ciclovías?

Las vías exclusivas para ciclistas solo pueden ser utilizadas por bicicletas y vehículos de movilidad personal que no superen los 25 kilómetros por hora.




El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) precisó cuáles son los vehículos que pueden transitar por las ciclovías del país. Según explicó Arturo Ruíz, vocero de la institución, estos espacios han sido diseñados exclusivamente para bicicletas y vehículos de movilidad personal, con el objetivo de garantizar una circulación segura y ordenada.

Entre las unidades autorizadas se encuentran las bicicletas convencionales, las bicicletas eléctricas de pedaleo asistido y los scooters o monopatines eléctricos. Asimismo, algunas bicimotos o motos eléctricas de baja potencia pueden utilizar estas vías siempre que sean consideradas vehículos de movilidad personal y no superen los 25 kilómetros por hora.

Por el contrario, las motocicletas, mototaxis, motos eléctricas de categorías superiores, automóviles, cuatrimotos y cualquier otro vehículo motorizado están prohibidos de circular por las ciclovías. Del mismo modo, los peatones deben utilizar las veredas y no estos espacios exclusivos para ciclistas.

HAY SANCIONES

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones recordó que el incumplimiento de estas disposiciones puede generar sanciones y poner en riesgo la seguridad de los usuarios. Las autoridades exhortaron a conductores y peatones a respetar las normas de tránsito para promover una convivencia segura en las vías públicas.


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