24 Horas Edición Central

07/11/2018

Especialista aclara cómo se debió proceder ante el caso del sujeto que amenazó a su expareja

Clea Guerra, abogada y experta en temas de violencia de género indicó que según la legislación actual, las autoridades a cargo debieron haber dictado medidas de protección a favor de la víctima.




El hombre que amenazó con matar a su expareja, hijos y suegros identificado como Pedro Sánchez Escobar fue puesto en libertad. Según fuentes policiales, esta decisión se habría dado porque la víctima no ratificó su versión de los hechos ante las autoridades competentes.

Ante ello, la abogada y especialista en temas de violencia de género, Clea Guerra, explicó lo que habría ocurrido en este caso.

“En principio no podría ser que la no ratificación como me estás diciendo fuera el único fundamento porque una vez que ya denunció la persona y en el caso como me has manifestado incluso habían registros, intervención policial, han registrado elementos que hacían entender que estaba en esa preparación de un posible delito”, señaló.

Asimismo, la experta precisó que en estos casos es normal que las víctimas prefieran no seguir con las diligencias por el temor generado, sin embargo, descartó que ello sea un obstáculo para dictar las medidas respectivas contra el agresor.

“Conforme la legislación actual, se tiene previsto que después de la denuncia, con las pruebas que se puedan recavar ahí, en menos de 72 horas debe haber un dictado de medida de protección, el Juzgado Especializado Mixto tiene que dar medidas de protección que consisten en restricciones de libertades del agresor”, manifestó.

 


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